De acuerdo con la nueva norma, pero ¿por qué sólo seis meses?
Si se pone un periodo de tiempo para permitir una actividad considerada ilícita, lo que se grava es el tiempo que transcurre, no la actividad. No es que sea algo que no se haga en otros ámbitos, pero siempre me ha parecido discutible.
Me explico.
Si en un partido de futbol hay lanzamientos de objetos al campo, se impone una multa. Pero si alguno de los objetos impacta sobre algún jugador, árbitro o técnico, se cierra el campo. Con eso, la federación lo que pena no es el hecho de tirar objetos al campo, lo que pena es la puntería del energúmeno.
Si se quiere erradicar el lucro sobre los RSWC en nuestra zona de C/V, no debería haber límite de tiempo en la medida. Si lo que queremos es penar la actividad, la prohibición debería ser permanente.
En relojes de reciente adquisición puede ser fácil, pero en otros (sin entrar en los vintage) puede ser más difícil. Por ejemplo; ¿Cómo valorar el precio actual de venta de un SKX adquirido hace 10 años en el mercado gris, si en el mercado actual se venden a 400 €?
Difícil decisión…