Tengo una duda, y es que no sé que pasa cuando uno compra un Rolex de segunda,tercera,cuarta…mano, y quiere demostrar ante las autoridades la titularidad del mismo (seguro en caso de robo, etc…), valdria simplemente tener factura/certificado de transferencia bancaria de la compra, o por el contrario también necesitariamos demostrar con un contrato de compra venta que es nuestro…
A ver si alguno sabeis como va el tema y me puede aclarar esta duda
Yo en objetos de cierto valor, comprando o vendiendo de 2ª mano, siempre prefiero que haya un contrato de compra-venta donde se indique comprador, vendedor, (con sus nifs) objeto vendido/comprado (con toda referencia y detalles), “ausencia de 2ªs intenciones”, lugar para tribunales (esto si lo vendo yo ) y fecha y firma de ambas partes.
Por lo menos me quedo tranquilo…
Con ese documento firmado por ambas partes, está clara la titularidad tras la compra/venta.
Supongo que existirán otros métodos más sencillos… pero los desconozco…
Aunque claro, para lograr esto, hace falta que las dos partes estén de acuerdo… y quieran dar sus datos y firmar…
Teniendo factura a tu nombre debería bastar para demostrar que la compra es legal. Luego parece ser que si vas a la sede de Rolex en Madrid puedes registrar a tu nombre el reloj presentando factura y reloj. Yo alguna vez lo haré
en un par de relojes caros, lo que he hecho es llevarlos a revision (para comprobar su auntenticidad) y luego me guardo la factura que va a mi nombre, con lo cual demuestro que es mio, ahora bien ante un robo, no se si valdria, por que no pone el precio del reloj
Si es entre particulares contrato compra-venta con todos los datos de vendedor y comprador…si no es así no tendrá valor ni en caso de robo y ni hablamos de que te acusen a ti/mi de haberlo robado…además que no entendería/aceptaría que el vendedor se negase a hacer el contrato.
Si es de cualquier tienda no hay tu tía,factura y garantía de esta.
Sería entre particulares y foreros y la entrega sería en Serrano, bajaríamos al banco para hacer el ingreso y tan amigos, pero si que quiero bajarme el formato de contrato de compra venta y rellenarlo con el, creo que con esto y el recibo del ingreso debería valer, no?
Pero en realidad el notario sólo da fe de lo “que le digas”… hacer la compra venta delante de notario, o con el documento firmado por las dos partes, debería de ser equivalente (salvo por el dinero que pagas a la notaría…) :bye:
Si quieres, para asegurarte y quedarte mas tranquilo, en el concepto del ingreso pon referencias al producto que vas a plagar y listos, asungto arreglado.
Mas el numero de serie si lo tienes…asi lo tienes completo al 100% y nadie puede decir que se trata de otro reloj…
Si quieres hacer un contrato de compra venta entre particulares y la otra parte se presta ya te aseguras la jugada al 100%, pero si no creo y digo creo que con un recibo de tu banco a nombre de fulanito tal, por la compra de un Rolex tal, con numero de serie tal, y por un importe tal, con fecha tal, creo que hasta el fin del mundo con el… y repito creo, por que no me he encontrado nunca en esta situación…